La Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, reabrió el caso Hotesur-Los Sauces y ordenó que la vicepresidenta Cristina Kirchner enfrente un juicio oral en el que será investigada por sus negocios hoteleros.
La misma decisión afecta a su hijo, el diputado Máximo Kirchner, pero no a Florencia Kirchner, sobra la cual se mantuvo el fallo que la benefició.
Por otro lado, el tribunal penal anuló el sobreseimiento en la causa por el memorándum con Irán, que tiene a la expresidenta y varios funcionarios kirchnerismo como acusados, y ordenó realizar el juicio oral.
Además, los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña decidieron apartar a los jueces del tribunal oral que sobreseyeron a la vicepresidenta en el caso Hotesur y Los Sauces, Daniel Obligado y Adrián Grünberg.
No así a Adriana Palliotti, que había votado en disidencia. En el proceso por el pacto con Irán, por su parte, Petrone y Barroetaveña apartaron también a los jueces Obligado, José Michilini y Gabriela López Iñiguez.
La vicepresidenta había eludido el proceso porque en noviembre de 2021 un fallo del Tribunal Oral Federal 5 -tribunal que debía juzgarla- inesperadamente la sobreseyó junto a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner. El TOF 5 sostuvo que era claro que no había existido delito y que, por ende, no hacía falta realizar el juicio.
En esta causa se busca determinar si la vicepresidenta recibió dinero de las empresas de Lázaro Báez y Cristóbal López como retorno por los negocios que ambos empresarios realizaron merced a sus buenas relaciones con el kirchnerismo. Báez ya fue condenado en la causa Vialidad junto con Cristina Kirchner, por haber sido favorecido con licitaciones con sobreprecios. En el caso de López, fue absuelto en el proceso de Oil Combustibles.
Los jueces que sobreseyeron a Cristina Kirchner en 2021 fueron Daniel Obligado y Adrián Grünberg. La jueza Adriana Palliotti votó en disidencia.
Cuando el fiscal Gerardo Pollicita envió a juicio el caso sostuvo que los imputados “elaboraron un sistema destinado a transferir y disimular parte de las ganancias que se encontraban en poder de los empresarios, a los propios expresidentes [en referencia a Néstor y Cristina Kirchner] y a su núcleo familiar, a través de préstamos, compra de propiedades, alquiler de los distintos complejos hoteleros de su propiedad, construcción de mejoras en dichos establecimientos y alquiler de propiedades”.
La Cámara también ordenó que se realice un enjuiciamiento oral en la causa por el memorándum con Irán, en donde la ex mandataria está acusada de encubrimiento del atentado a la AMIA.
«Los defectos de fundamentación en que incurrió el tribunal a quo afectan la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a los recurrentes y, de conformidad con el estándar de arbitrariedad definido por la CSJN ), justifican la invalidación de la resolución recurrida», se sostuvo en el fallo sobre esta causa.
Un tribunal oral había dictado el sobreseimiento de Cristina Kirchner y el resto de los acusados en esos dos expediente. Pero la DAIA y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron: reclamaron que se haga el juicio oral.
Las defensas se opusieron y eso se venía debatiendo desde hace más de un año en Casación, con la jueza Ana María Figueroa, quien cumplió 75 años el 9 de agosto y fue cesada en sus funciones por la Corte Suprema.
La decisión recae sobre Cristina Kirchner, Eduardo Antonio Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Isidro Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.
La causa se inició en enero de 2015 con la denuncia que presentó el fiscal Alberto Nisman. Sostuvo que con la firma del memorándum entre Argentina e Irán se buscó encubrir a los acusados del atentado a la AMIA porque hacía caer las alertas rojas de Interpol de detención que pesaban sobre ellos.
El Tribunal Oral Federal 8 en octubre de 2021 sobreseyó a todos los acusados por inexistencia de delito. «El Memorándum, más allá de se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó delito», dijeron en aquel fallo los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado. (La Nación y NA)