
El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 19, a cargo del juez Gerardo D. Santicchia, declaró la quiebra de Radiodifusora del Plata S.A. mediante una resolución emitida este martes 25 de noviembre de 2025. La decisión judicial se tomó luego de que la sociedad no cumpliera con el acuerdo preventivo homologado en 2021 y no respondiera a múltiples intimaciones para afrontar sus deudas con los acreedores.
El proceso de Radiodifusora del Plata S.A. comenzó con un concurso preventivo declarado el 21 de marzo de 2019, y su propuesta de acuerdo fue homologada el 26 de abril de 2021. Sin embargo, la concursada solicitó en diversas ocasiones la suspensión de los plazos para el pago de las cuotas concursales, argumentando la definición de un recurso de apelación relacionado con la transferencia del 90% de su paquete accionario desde Grupo Empresarial Argentino S.A. (GEASA) a Barboza S.R.L. Estas peticiones fueron desestimadas en diciembre de 2024 y junio de 2025, respectivamente.
Ante el incumplimiento sostenido del acuerdo y el silencio frente a las intimaciones, el juzgado procedió a declarar la quiebra de la compañía. Se dispuso que el Estudio Mendoza V. – Rudi C. y Asociados, que ya actuaba como síndico durante el concurso preventivo, continúe en sus funciones en esta nueva etapa.
En tanto, el tribunal estableció un plazo hasta el 20 de febrero de 2026 para que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos ante el síndico. Este funcionario deberá presentar informes detallados, según lo previsto en los artículos 35 y 39 de la Ley 24.522, los días 13 de abril de 2026 y 13 de mayo de 2026, respectivamente. La sindicatura deberá incluir estos informes en la página web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas y emitir una opinión sobre la información contable de la deudora.
Decretaron la quiebra de Radio Del Plata: qué dice el fallo de la Justicia
El fallo de la Justicia señala que, según el informe actuarial incorporado al expediente, desde 2023 la empresa presentó reiterados pedidos para suspender pagos alegando conflictos societarios derivados de la quiebra de GEASA, su excontrolante.
Esos planteos fueron rechazados y el juzgado constató que no existía ningún proceso que afectara la compraventa accionaria de Del Plata. Ante esto, el tribunal remarcó que la empresa tampoco cumplió las intimaciones realizadas a pedido de acreedores laborales y comerciales.
«Las intimaciones transcurrieron sin que la concursada informara el cumplimiento de sus obligaciones«, señala el informe que antecede al fallo.
El juzgado también tomó en cuenta que existen múltiples pedidos de quiebra en trámite promovidos por acreedores como Fernández, Lineares, Berghein y Prevención ART, entre otros, en los que Radiodifusora del Plata no acreditó situación de solvencia.
Todo este escenario llevó finalmente al dictado de la quiebra, que impacta directamente en el funcionamiento de la emisora, ya sin actividades regulares en los últimos años.
Frente a una contradicción legal entre el artículo 64 y el artículo 253 inciso 7 de la LCQ —referidos a la continuidad del síndico— el juez resolvió mantener al estudio Mendoza V. – Rudi C. y Asociados.
El magistrado argumentó que «la sociedad se encuentra en funcionamiento y existe una gran cantidad de acreedores laborales en trámite de verificación«, por lo que conservar al mismo síndico «resulta congruente con la LCQ y beneficioso para la economía y celeridad del proceso«.
Medidas de fondo: inhibición de bienes, inventarios y prohibición de salir del país
El fallo avanzó también con una batería de medidas típicas del proceso falencial, pero de fuerte impacto práctico:
1. Inhibición general de bienes: El juez ordenó «la inhibición general de bienes de la fallida«, instruyendo a todos los registros para proceder de manera inmediata.
2. Clausura de la sede social y locales: El síndico deberá «proceder a la clausura de la sede social y de la totalidad de los locales de la quebrada«, con habilitación para usar la fuerza pública, allanar domicilios y requerir cerrajeros si fuera necesario.
3. Entrega inmediata de libros y bienes: Radiodifusora del Plata debe entregar sus libros y documentación en 24 horas.
4. Prohibición de salir del país: El presidente de la compañía, Jorge Julián Cerezo, queda con prohibición de salida del país, lo cual será comunicado al sistema SIFCOP.
La resolución dispone que «se impide la salida del país del presidente… sin previa autorización del tribunal«, y además ordena investigar si otros directores deben quedar bajo la misma restricción.
5. Intercepción de correspondencia: El Correo Argentino deberá enviar toda la correspondencia de la empresa al síndico.
6. Prohibición de pagos: El juzgado resolvió: «Prohibir los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces«.
7. Edictos e inicio del período de verificación: Los acreedores tendrán plazo hasta el 20 de febrero de 2026 para solicitar la verificación de créditos.
La quiebra de Radiodifusora del Plata representa el último capítulo de una crisis financiera y societaria que se extendió por más de cinco años e involucró múltiples litigios, cambios de control accionario y conflictos laborales.
Con la orden de clausura, la inhibición general de bienes y el inicio del proceso liquidatorio, la continuidad de la empresa queda descartada. El síndico deberá ahora avanzar en el inventario, preservación de activos y confección de informes para determinar el pasivo total. (Iprofesional)

















