El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó la condena a 15 años de prisión para Maximiliano Ezequiel Cornejo, reconocido DJ y organizador de eventos en la localidad de Toay, quien fue hallado culpable de dos delitos de abuso sexual, uno de ellos cometido contra una adolescente de 15 años.
El fallo ratifica en todos sus términos la sentencia dictada en 2023 por el juez de audiencia Andrés Olié, quien consideró debidamente acreditados los hechos y la responsabilidad penal del acusado. El Tribunal rechazó así los recursos interpuestos por la defensa, aunque aún resta la posibilidad de un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia.
Dos casos, ocho años de diferencia
Los hechos ocurrieron en contextos distintos, pero con elementos comunes que resultaron reveladores. El primero fue en diciembre de 2015, cuando la víctima, una adolescente, fue atacada a la salida de un boliche en un estado de intoxicación alcohólica. Su madre denunció el hecho de inmediato, pero la causa fue archivada en 2017 por falta de elementos para identificar al agresor. En ese momento, el Laboratorio de Genética Forense de La Pampa aún no estaba operativo.
La causa se reactivó recién en 2023, cuando una segunda víctima denunció un nuevo abuso ocurrido en septiembre de ese año. A partir de esa denuncia, y tras la extracción de ADN al acusado, se pudo cotejar el perfil genético con las muestras preservadas del caso anterior. El ADN coincidió y permitió vincular ambos delitos, confirmando que Cornejo era el autor del ataque de 2015.
El modus operandi: violencia, manipulación y falsas identidades
Según consta en la sentencia, el segundo abuso se produjo dentro de un automóvil Volkswagen Bora, donde Cornejo atacó a la víctima «mediante el uso de fuerza física y contra su voluntad expresa». En ambos hechos, el acusado simuló ser otra persona: en un caso se presentó como policía, y en el otro como hijo de un funcionario, buscando ocultar su identidad y minimizar la posibilidad de ser denunciado.
El juez Olié encuadró los hechos como abuso sexual con acceso carnal mediante el uso de la fuerza, y abuso sexual gravemente ultrajante, aprovechando la incapacidad de la víctima para consentir. También agravó la pena al considerar factores como:
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El aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad.
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El uso de identidad falsa para engañar a las víctimas.
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El hecho de que, como organizador de eventos, tenía mayor acceso y cercanía con potenciales víctimas.
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El componente de violencia de género presente en ambos ataques.
Como único atenuante, se consideró que Cornejo es padre de tres hijos menores con quienes mantiene vínculo.
Arresto domiciliario y registro de agresores
Mientras la condena aún no queda firme, el tribunal ordenó que Cornejo continúe bajo arresto domiciliario, con restricción de acercamiento a las víctimas y sus entornos. También se ordenó su inclusión en el Registro Nacional de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.
De este modo, el fallo del Tribunal de Impugnación representa un paso clave en la búsqueda de justicia por parte de las víctimas, y consolida la validez de los avances forenses en investigaciones de delitos sexuales. El caso también pone en foco la necesidad de sistemas de almacenamiento y análisis genético eficientes para evitar la impunidad en este tipo de crímenes.