Para el mes de marzo se espera una nueva actualización anual de los alquileres de propiedades. La suba establecida por la ley 27.551 en 2020, genera gran preocupación entre los inquilinos, y también entre los propietarios.
Por el lado de los locatarios, el principal problema es el porcentaje de aumento fijado por el Banco Central, que actualmente se encuentra en casi un 53%. Y aunque el incremento coincide con el índice de inflación, la mayoría de los salarios no acompañaron esa cifra.
Para los propietarios también se convierte en un dolor de cabeza, ya que, si los inquilinos optan por rescindir el contrato con 90 días de anticipación, deberán gestionar la contratación de un corredor, la firma del contrato, el cambio de titularidad de servicios y otros gastos.
El ajuste se puede calcular en las páginas de colegios de martilleros, o directamente ingresando a la sección Índice de Contratos de Locación en la web oficial del Banco Central (BCRA).
Allí, se deberá seleccionar la fecha de inicio del contrato para saber cuál era el índice en ese momento, y en la que se hará la actualización.
A continuación, se debe tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el valor del índice con fecha del inicio del contrato. Por último se debe multiplicar esa cifra por el índice de la fecha en la que cambia el monto del alquiler.
En resumen, es el total del alquiler, dividido por el índice con fecha de cuando se firmó el contrato, multiplicado por el índice del día en que se aplica el aumento sobre el mismo.
El valor que arroje esa cuenta será el monto del alquiler que el inquilino deberá pagar durante el próximo año, hasta que vuelva a actualizarse (Grupo La Provincia)