La jueza Moira Fullana, a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N° 3, falló este lunes a favor de la Confederación General del Trabajo (CGT) y declaró inválidos los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, con el cual el Gobierno nacional buscaba limitar el ejercicio del derecho a huelga.
La resolución anula la ampliación de los “servicios esenciales” —donde el Ejecutivo pretendía incluir sectores como la navegación y la marina mercante— y deja sin efecto la imposición de prestaciones mínimas obligatorias del 75% durante conflictos colectivos en esos ámbitos.
“No existen circunstancias excepcionales que justifiquen que el Poder Ejecutivo asuma funciones legislativas propias del Congreso Nacional”, sostuvo Fullana en su dictamen, destacando que el Congreso estaba en pleno funcionamiento al momento de la publicación del decreto, y que la urgencia invocada por el Gobierno no fue debidamente acreditada.
El DNU fue objetado por inconstitucionalidad y violación a tratados internacionales
La acción judicial fue impulsada por la CGT, que planteó que la normativa violaba el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y diversos convenios internacionales ratificados por la Argentina, especialmente los de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La jueza recordó que la OIT desaconseja definiciones extensivas de servicios esenciales, ya que esto puede debilitar los derechos laborales fundamentales, como la negociación colectiva y el ejercicio de medidas de fuerza.
Además, Fullana señaló que la norma vulneraba la libertad sindical, al limitar sin consenso ni tratamiento parlamentario la capacidad de las organizaciones gremiales de actuar ante conflictos laborales.
El decreto invalidado establecía que, en caso de huelga, no podía negociarse una cobertura inferior al 75% en servicios esenciales ni al 50% en “actividades de importancia trascendental”.
Otro revés judicial para el oficialismo
Este fallo se suma a otros recientes que limitaron decretos del Gobierno de Javier Milei, entre ellos la decisión —también de la jueza Fullana— de dejar sin efecto la eliminación del asueto para empleados públicos nacionales, dispuesta semanas atrás.
En paralelo, el Gobierno nacional busca avanzar con nuevas regulaciones por vía administrativa antes del vencimiento, el 8 de julio, de las facultades delegadas que le permiten modificar normativas sin pasar por el Congreso. (Diario de Rivera)