El Gobierno promulgó este jueves la Ley 27.805, que establece un régimen excepcional para la regularización de armas de fuego de uso civil y uso civil condicional que actualmente no se encuentran registradas o presentan irregularidades en su documentación.
La medida quedó establecida esta madrugada en el Boletín Oficial y busca fortalecer el control estatal sobre el armamento en circulación en el país.
La legislación otorga un plazo de 360 días para que los poseedores de armas alcanzadas por la norma se presenten ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) y realicen los trámites necesarios para normalizar su situación registral. En esa línea, el organismo será el encargado de efectuar las verificaciones técnicas y administrativas correspondientes antes de incorporar los datos del arma y de su propietario a los registros oficiales.
Según establece la norma, también podrán acogerse al régimen quienes posean repuestos principales de armas de fuego sin registrar o cuya documentación haya quedado irregular con el paso del tiempo. En los casos en que el solicitante no cuente con la condición de legítimo usuario, deberá iniciar simultáneamente el trámite para obtener la habilitación correspondiente.
Uno de los puntos centrales de la normativa es la exención de sanciones para quienes regularicen voluntariamente la tenencia de armas durante el período establecido. La medida alcanza tanto a sanciones administrativas como a las consecuencias penales previstas para la tenencia ilegal de armas de fuego de uso civil o uso civil condicional.
No obstante, el beneficio no será aplicable a las personas que ya se encuentren imputadas judicialmente por la posesión irregular del arma al momento de iniciar el trámite. De esta manera, el Gobierno busca incentivar la registración de armamento que actualmente se encuentra fuera del sistema legal sin afectar investigaciones judiciales en curso.
La ley también establece nuevas obligaciones para la ANMAC. El organismo deberá informar a cada solicitante sobre los riesgos asociados a la tenencia de armas de fuego y difundir las alternativas disponibles para la entrega voluntaria y anónima de armamento. Además, tendrá la facultad de dictar normas técnicas y registrales para implementar el régimen y desarrollar campañas de difusión dirigidas a la población.
Otro aspecto relevante es la prórroga del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego hasta el 31 de diciembre de 2027. Este mecanismo permite que los ciudadanos entreguen armas de manera anónima para su destrucción, con el objetivo de reducir la circulación de armamento en manos civiles y fortalecer las políticas de prevención de la violencia.
La nueva ley entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el Boletín Oficial. A partir de ese momento comenzará a correr el plazo de un año para que los propietarios de armas alcanzados por la normativa puedan regularizar su situación.
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