El Gobierno nacional dispuso una nueva modificación al Presupuesto 2025, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 425/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial. La medida contempla la asignación de recursos adicionales destinados al pago de salarios, subsidios, equipamiento, gastos de funcionamiento y otros compromisos urgentes del Estado nacional.
El Ejecutivo fundamentó esta adecuación presupuestaria en el marco de la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social declarada por el DNU 70/23 y recientemente reafirmada por la Ley Bases.
“Dada la emergencia económica actual, es necesario que el Gobierno pueda asegurar una distribución razonable de sus recursos para cumplir con sus obligaciones”, señala el decreto. Asimismo, advierte que “de no realizarse esta adecuación de forma inmediata, peligraría la prestación de ciertos servicios esenciales”.
Refuerzo de partidas y prioridades
Entre las principales medidas, el DNU prevé:
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Refuerzo de los créditos de gastos en personal, para atender necesidades salariales.
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Incremento de las partidas para gastos de funcionamiento, equipamiento, subsidios, becas, compensaciones y transferencias.
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Fondos adicionales para garantizar el cumplimiento de funciones específicas de las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional.
Inversiones obligatorias y control de liquidez
Otro punto destacado del decreto es la obligación impuesta a organismos del Sector Público Nacional para invertir sus excedentes transitorios de liquidez —que no estén en la Cuenta Única del Tesoro (CUT)— en títulos públicos y/o letras del Tesoro, que periódicamente licita el Estado nacional.
Quedan excluidos de esta obligación los bancos públicos, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Ministerio Público.
Asimismo, se dispuso un nuevo régimen de información periódica del flujo de fondos, mediante el cual las entidades deberán informar a la Secretaría de Hacienda tanto los montos ejecutados como proyectados, así como la situación actualizada de sus disponibilidades e inversiones.
Prórroga de pensiones graciables
Finalmente, el DNU 425/2025 dispuso la prórroga por diez años de las pensiones otorgadas en virtud de la Ley Nº 13.337 y sus modificatorias, así como aquellas prorrogadas por la Ley 27.008 y leyes anuales de presupuesto.
Esta prórroga queda sujeta a determinadas condiciones:
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El beneficiario no debe ser titular de un inmueble cuya valuación fiscal sea igual o superior a $7 millones.
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No debe mantener vínculos familiares con el legislador solicitante.
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El monto de la pensión no puede superar el haber mínimo garantizado, ni individual ni acumulativamente.
Con esta decisión, el Ejecutivo busca asegurar recursos estratégicos en un contexto de ajuste y reorganización del gasto público, priorizando áreas sensibles del funcionamiento estatal.