El margen mínimo de error tolerable para los dispositivos utilizados en los controles de alcoholemia en la ciudad de Bahía Blanca, así como en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, fue fijado en 0,07 g/l.
La ley número 15.402, denominada de alcohol cero en sangre para los conductores de todo tipo de vehículos, entró en vigencia el jueves 5 de enero del corriente año y contempla penas que incluyen multas, retención de la licencia e inhabilitación para conducir, y la obligación de realizar un curso de educación y capacitación vial, a quienes hayan incumplido la prohibición de manejar.
De todos modos, aún estaba pendiente la correspondiente reglamentación.
De allí que, en la misma normativa, se aclaró que la autoridad de aplicación establecería el mínimo de error tolerable para los instrumentos de medición utilizados por los agentes de tránsito de cada uno de los 134 distritos bonaerenses.
Así entonces, el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires emitió la resolución Nº 298/2023, en la que se establece el margen mínimo de error tolerable para los dispositivos utilizados en los controles de alcoholemia.
“¿Qué significa esto? Que solo será considerada alcoholemia positiva cuando el resultado obtenido en el control sea superior a ese valor”, aseguró la Dra. Soledad Monárdez, titular del Juzgado de Faltas Nº 2 de Bahía Blanca.
Dra. Soledad Monárdez, titular del Juzgado de Faltas Nº 2 de Bahía Blanca.
“Esto no altera el espíritu de la ley de alcohol cero al volante”, aclaró la funcionaria.
“Se considera así porque el margen estipulado es muy pequeño y está previsto como consecuencia del error que puedan arrojar los instrumentos de medición utilizados”, amplió.
Margen de error
Esta nueva resolución aclara no pocas dudas que surgieron respecto de la ley como, por ejemplo, el citado eventual margen de error que podían presentar los alcoholímetros.
“Los juzgados correccionales se habían pronunciado al respecto y, si el alcoholímetro tiene errores, habrá que considerarlos. Saldrá de la reglamentación (en alusión a la ahora publicada)”, insistió —oportunamente— la Dra. Monárdez.
Para entonces las dudas superaban a las certezas, las que se fueron incrementando con el correr de los meses y los operativos sumaban infractores por debajo de los 0,5 g/l.
“El margen estipulado es muy pequeño y está previsto como consecuencia del error que puedan arrojar los instrumentos de medición utilizados”, dijo la Dra. Monárdez.
Durante este primer año de vigencia de la ley, y si es la primera infracción, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 0,49 g/l son sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
Una de las novedades de la ley es que todas las personas que conduzcan con alcoholemia positiva deberán cumplir con la realización de dicho curso.
Para las multas, el artículo 26 de la ley provincial Nº 13.169 establece que el valor se determina en unidades fijas denominadas UF, que equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, generalmente tomado en un punto estratégico de una estación de servicio de la ciudad de La Plata.
El futuro
Ahora, la pregunta es qué sucederá a partir del venidero 5 de enero de 2024.
“Cumplido el plazo indicado, la ley estipula que, para esos casos, la sanción aplicable será de multa (NdR: fijada entre 300 a 1.000 UF; $ 87.030 y $ 290.100, a valores de hoy); inhabilitación para conducir por el término de tres meses y la obligación de realizar un curso en educación vial”, comentó la Dra. Monárdez, quien asumió en el Juzgado de Faltas Nº 2 en septiembre del año 2019.
“Es importante tomar en consideración este cambio, ya que han sido varias las infracciones realizadas como consecuencia de la detección de conductores de vehículos con alcoholemia positiva iguales o inferiores a 0,49g/l, los que, durante el corriente año, fueron sancionados únicamente con la realización del curso en seguridad vial”, expresó.
“Está claro de que se trata de una pena que, como se aprecia, se agravará en forma significativa a partir de 2024”, aseguró la funcionaria bahiense.
Tras la aprobación de alcohol cero para conducir en la provincia de Buenos Aires, el último jueves 13 de abril la Cámara de Senadores le dio media sanción a una iniciativa semejante y la convirtió en una ley nacional, con una votación que fue 48 a 9. La sanción fue promulgada, finalmente, el 3 de mayo.
(La Nueva)