El presidente Javier Milei anunció que su mega decreto desregula los servicios de internet «para permitir la competencia de empresas extranjeras, como Starlink«.
Se trata de una compañía propiedad del magnate Elon Musk, con quien Milei tiene buena sintonía.
La empresa Starlink fue la única privada que fue mencionada en todo su discurso de poco mas de 15 minutos del Presidente en cadena nacional.
Starlink es la empresa global de servicios de internet por satélite que fundó en 2015 Elon Musk, como parte de su compañía espacial SpaceX. Cabe recordar que Milei y Musk hablaron luego del balotaje.
En tal sentido el decreto de Milei incluye en su Capítulo II modificaciones a la ley Argentina Digital (Ley N° 27.078) indica que “la provisión de facilidades de los sistemas satelitales de comunicaciones será libre”.
Radiodifusión por suscripción es “toda forma de comunicación primordialmente unidireccional destinada a la transmisión de señales para ser recibidas por público determinable, mediante la utilización del espectro radioeléctrico o mediante vinculo físico o satelital, indistintamente. Incluye el servicio de radiodifusión ofrecido por un prestador de servicios TIC que utilice la tecnología de transmisión de contenidos audiovisuales basados en el protocolo IP (IPTV), para el acceso de los programas en vivo y/o televisión lineal”.
Incorpora “como servicio que podrán registrar los prestadores de TIC, al servicio de Radiodifusión por suscripción mediante cualquier vínculo. El servicio de Radiodifusión por suscripción se regirá por los requisitos que establecen los artículos siguientes de la presente ley y los demás que establezca la reglamentación, no resultándole aplicables las disposiciones de la Ley N° 26.522 [de Servicios de Comunicación Audiovisual].
«Registro. La provisión de facilidades de los sistemas satelitales de comunicaciones será libre. Se requerirá a los titulares de tales sistemas el correspondiente registro para su operación, al solo efecto de coordinar el uso de las frecuencias radioeléctricas y evitar interferencias sobre otros sistemas conforme a la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación. La prestación de cualquier Servicio de TIC por satélite estará sometida al régimen general de prestación de Servicios de TIC establecido en la presente ley”.