Como se trata de una cuestión extraordinaria prevista por la ley, según opinó el tributarista Martín Caranta “lo más prolijo” para determinar el cambio de la escala “sería un decreto y luego una Resolución General de la AFIP”, aunque consideró que con la resolución del organismo bastaría.
Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, coincide en que “la AFIP tiene que publicar las tablas en su sitio web”. “Técnicamente, por más que se puedan hacer los cálculos, no se podría aplicar porque se necesitan las tablas”, remarcó.
El tributarista consideró que las empresas que liquidan sueldos por quincena van a tener que esperar a que se publiquen se supone que la semana entrante.
Ganancias: cómo será la actualización de escalas y deducciones en 2025
Es de tomar en cuenta que, a partir de 2025, las actualizaciones de las escalas del tributo y las deducciones serán por inflación y semestralmente. Este año, habrá una actualización extraordinaria en septiembre por la evolución de precios de junio, julio y agosto, para evitar que la inflación provoque un desfase.
Con el antiguo régimen, no se actualizaban las escalas, entonces, todos los meses los sueldos aumentaban, rápidamente llegaban al mínimo no imponible, y eran alcanzados por el gravamen del 27%. Ahora, este impuesto recae sobre los haberes de manera progresiva, con alícuotas que van del 5% al 35%.
La consultora Focus Market indicó en un informe que la mejora salarial en paritarias de los empleados que paguen Ganancias no se verá traducida en una mejora del consumo. Según señala la consultora, “el peso en el gasto hogareño de la variación de precios de los servicios públicos y privados resta margen de maniobra para la adquisición de bienes en la misma cantidad”.
(Ambito)