
La jueza Moira Fullana aceptó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la decisión del Gobierno de Javier Milei de limitar el derecho de huelga. La medida suspende de forma temporal los efectos de los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) 340/25 hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
La magistrada admitió la viabilidad formal de la acción de amparo interpuesta por la central obrera e hizo lugar a la medida cautelar peticionada para suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del decreto que imponía limitaciones a las medidas de fuerza y ampliaba las actividades consideradas esenciales. Además, declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para definir la presente causa.
En un fallo con impacto político y sindical, la titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3 permitió que siga vigente la legislación actual sobre derecho a huelga en Argentina. En su escrito, la CGT expresó que «la modificación del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, requiere un debate parlamentario«, y advierte que el DNU avanza sobre competencias exclusivas del Congreso.
En ese sentido, el documento señala que tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores «se encuentra sesionando en forma ordinaria, extremo que impone al Estado Nacional una sólida y consistente argumentación en relación con la situación de emergencia que habilitaría la vía excepcional previo al tratamiento de la norma ante el Poder Legislativo».
«Repárese en que la jurisprudencia del Máximo Tribunal que ha reiterado que la alusión a la situación de crisis económica, en forma general, no alcanza para tener por cumplida la exigencia Constitucional, en una materia excepcional que, por su naturaleza, impone un escrutinio juicioso», agrega el fallo de la jueza Fullana. En tanto, no pasó por alto que el Estado alegara que la única modificación introducida sea la incorporación de la Marina Mercante al listado de servicios esenciales.
Sobre este punto, sostuvon que constituye «materia de un complejo y más amplio análisis» que no puede ser debatido en el marco de una medida cautelar, y manifestó que el peligro en la demora en la norma cuestionada podría «conculcar (quebrantar) el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical que gozan de la más amplia garantía legal y supralegal».
La presentación realizada por los abogados Federico West Ocampo (Sanidad), Hugo Moyano (h.) y Marta Pujadas (UOCRA) ante la Justicia laboral sostiene que la resolución presidencial «es un ataque directo al derecho de huelga» y lo calificaron como «inconstitucional».
La CGT recurrió a la justicia laboral teniendo en cuenta que el mismo fuero logró frenar en 2024 el DNU 70/23, el cual pretendía imponer una reforma laboral sin previo debate en el Congreso.
(Perfil)

















