
En su última sesión, el Concejo Deliberante aprobó a propuesta del bloque del Frente de Todos, la ordenanza N°4636 que establece la prohibición de habilitar oficinas inmobiliarias con nombres de fantasía, marcas o franquicias en el partido de Adolfo Alsina, por considerar que se trata de competencia desleal.
A través de la misma, se prohíbe en Adolfo Alsina la habilitación municipal de Oficinas Inmobiliarias en el caso de que se solicite utilizando el nombre de franquicias, licencias o marcas que evadan o eludan la legislación de Ejercicios Profesionales, contradiciendo lo normado a nivel nacional y provincial.
También se prohibió la publicidad del servicio de intermediación inmobiliaria bajo el nombre de franquicias, licencias o marcas que no cumplan o violen las disposiciones de las leyes vigentes.
En este sentido, las infracciones se sancionarán con la remoción inmediate y el decomiso de la publicidad en la vía pública que pudiera existir, además de lo establecido por el Código Contravencional.
Cabe destacar que este tipo de franquicias desarrollan la actividad de intermediación inmobiliaria, realizando actos propios de la profesión de Martillero y Corredor Público, por parte de personas no habilitadas legalmente a tal fin.
