El Tribunal Oral Federal que condenó a Cristina Kirchner a 6 años de prisión le advirtió que deberá abstenerse de realizar conductas que puedan implicar el incumplimiento de las condiciones de su prisión domiciliaria en San José 1111. La intimación se produjo luego de que durante el fin de semana se desplegara una bandera entre su balcón y el de un edificio lindero con la leyenda «De San José 1111 a la Rosada», mientras la expresidenta saludaba a sus seguidores.
En una resolución firmada por el juez Rodrigo Giménez Uriburu, el tribunal dispuso: “Intímase a Fernández de Kirchner que en lo sucesivo se abstenga de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones” de la prisión domiciliaria, “bajo apercibimiento de ley en caso de verificarse nuevos incumplimientos”. El artículo 34 de la ley 24.660 prevé que el beneficio puede ser revocado si el condenado quebranta injustificadamente las obligaciones impuestas.
Respecto a la alteración del orden, consideran que la convivencia con los vecinos del barrio se fe afectada, debido a las reiteradas manifestaciones y la instalación de estructuras que interrumpen la vida cotidiana del barrio y viola la normativa de comportamiento pacífico impuesta para mantener la detención domiciliaria.
Asimismo, se indicó que, para este tipo de intervenciones en la vía pública, se requiere autorizaciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que estos sucesos se podrían encuadrar en una contravención.
Para finalizar, la resolución judicial a la que se refiere Giménez Uriburu invoca el artículo 34 de la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena, en la que esta norma le otorga al magistrado la potestad de enviar a Cristina Kirchner a una cárcel común en caso de nuevos incumplimientos injustificados.
AgenciaNA


















