
En un comunicado, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Rivera —bajo la firma del subcomandante y jefe de Cuerpo, Jesuan Casado— dio a conocer en detalle los alcances de la Ley Nacional 25.054, con el objetivo de difundir los derechos, obligaciones y garantías que rigen la actividad, especialmente en el ámbito laboral.
El documento está dirigido a empleadores, instituciones y a la comunidad en general, y hace especial hincapié en la necesidad de comprender que la tarea bomberil es un servicio público esencial, que debe poder desarrollarse sin interferencias ni perjuicios para quienes la ejercen.
Una actividad considerada carga pública
Uno de los puntos centrales del comunicado es que la labor del bombero voluntario está reconocida legalmente como una “carga pública”, lo que implica una obligación hacia la comunidad que debe cumplirse incluso si demanda la interrupción de actividades personales o laborales.
En este sentido, el Artículo 17 de la ley establece que el empleador —tanto del ámbito público como privado— debe reconocer esta condición, garantizando que el trabajador no sufra consecuencias por el cumplimiento de su servicio.
Esto significa que:
- Las salidas por emergencias tienen carácter prioritario.
- Las inasistencias o demoras deben ser consideradas justificadas.
- No pueden aplicarse sanciones, descuentos salariales ni despidos por este motivo.
Compatibilidad con la actividad laboral
El eje más fuerte del documento apunta a dejar en claro que ser bombero voluntario es plenamente compatible con cualquier actividad laboral.
La normativa establece que:
- La condición de bombero voluntario no puede considerarse incompatible con ningún empleo.
- Tampoco puede interpretarse como un perjuicio para el desempeño laboral.
- El trabajador tiene derecho a cumplir con ambas responsabilidades sin que una afecte negativamente a la otra.
Desde la Jefatura de Cuerpo de Rivera subrayaron que el conocimiento de estos puntos por parte de los empleadores es clave para evitar conflictos y garantizar un entorno laboral respetuoso, que permita a los voluntarios responder a emergencias sin obstáculos.
Obligaciones del personal bomberil
El comunicado también detalla las responsabilidades que asumen quienes integran el cuerpo activo:
- Responder de manera inmediata a emergencias y siniestros dentro de su jurisdicción, incluso sin requerimiento previo de autoridades.
- Participar en capacitaciones y actualizaciones periódicas para mantener y mejorar sus habilidades.
- Cumplir con los reglamentos internos y la normativa vigente.
- Actuar con disciplina, responsabilidad y compromiso comunitario.
Estas exigencias reflejan el carácter organizado y profesional del sistema, aun cuando se trate de una actividad voluntaria.
Derechos, beneficios y cobertura
En cuanto a los derechos, la ley garantiza una serie de beneficios fundamentales:
- Protección laboral integral, evitando cualquier tipo de perjuicio por el cumplimiento del servicio.
- Cobertura ante accidentes o enfermedades vinculadas al servicio.
- Posibilidad de acceder a indemnizaciones en caso de incapacidad o fallecimiento en acto de servicio, conforme a los parámetros del Ministerio de Trabajo.
- Acceso a subsidios, seguros y exenciones impositivas.
- Prioridad en programas de vivienda.
Asimismo, se reconoce la cobertura ante riesgos propios de la actividad, reforzando el respaldo estatal hacia quienes prestan este servicio.
Un servicio esencial que requiere acompañamiento
Desde la institución remarcaron que el sistema de bomberos voluntarios se sostiene gracias al compromiso de sus integrantes, pero también necesita del acompañamiento de empleadores y de la sociedad en su conjunto.
“El servicio que prestan implica muchas veces dejar de lado obligaciones laborales o personales para atender emergencias que pueden poner en riesgo vidas y bienes”, destacaron.
Finalmente, se enfatizó que la difusión de este marco legal resulta fundamental para garantizar derechos, evitar conflictos y fortalecer un servicio clave, asegurando que los bomberos voluntarios puedan cumplir su doble rol —laboral y comunitario— de manera efectiva y sin impedimentos.


















