El juez federal Martín Cormick dio lugar a una cautelar en favor de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y ordenó al Gobierno a cumplir de inmediato con el financiamiento de la Ley de Financiamiento Universitario.
El fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, se da tras una demanda de la casa de altos estudios contra el Decreto 759/2025 que promulgó la Ley 27.795.
La UBA había reclamado que dicho decreto suspendió la aplicación efectiva de la normativa hasta que el Congreso determinara cómo financiarla, algo que consideraron “un fraude constitucional”.
Al respecto, el juez consideró que luego de que el veto presidencial fuera rechazado por el Congreso, el Ejecutivo debía implementar la ley ya que el proceso legislativo “no admitía variantes suspensivas para la aplicación de la ley”.
Cormick también señaló que el incumplimiento de la ley produce “perjuicios graves de imposible reparación ulterior, teniendo en cuenta el deterioro de los ingresos del colectivo afectado”.
Por otro lado, remarcó que la cautelar no afecta al interés público. Incluso, apuntó que “la falta de cumplimiento de la ley afectaría el derecho a enseñar y aprender” establecidos en la Constitución Nacional.
También resaltó que el impacto fiscal de la medida estimado es del 0,23 % del PBI. “Dicha cifra representaría un ahorro poco significativo para el presupuesto global de gastos de la administración pública”, enfatizó.
De esta forma, el juez federal hizo lugar al planteo y ordenó que el Gobierno cumpla “de forma inmediata con lo dispuesto en los artículos 4,5°, 6° y 7° de la ley 27.795”.
La disposición del magistrado se da en el marco de una demanda realizada por el Consejo Interuniversitario Nacional para reclamar que el Ejecutivo cumpla con el acta firmada el 10 de junio, en la que se estableció que se iba a transferir a las universidades nacionales los fondos necesarios para aplicar un aumento salarial del 24,33%.
Tras la firma de este acuerdo, el Gobierno manifestó que la firma de este acuerdo dejaba sin efecto una cautelar solicitada anteriormente y la misma debía ser levantada.
Sin embargo, el juez no dio lugar al pedido, dado que “el Estado Nacional no ha logrado demostrar el impacto positivo sobreviniente que refiere habrían alcanzado los acuerdos en relación a los perjuicios graves de imposible reparación ulterior, ni que se hubiere brindado una definición efectiva y final en lo atinente al deterioro de los ingresos, la disminución del poder adquisitivo y la pérdida salarial del colectivo afectado”.
Agencia NA

















