La Dirección Nacional de Migraciones dejó sin efecto una normativa que desde 2014 permitía otorgar residencias precarias a extranjeros sobre los que pesaba una orden de expulsión o de abandono del territorio argentino.
La medida quedó establecida mediante una disposición del organismo, que derogó el régimen anterior y determinó que este tipo de autorización solo puede concederse cuando una persona extranjera inicia un procedimiento de regularización migratoria.
En los fundamentos, Migraciones sostuvo que no resulta compatible otorgar un permiso que habilita a permanecer en el país a una persona sobre la que ya recayó una orden de expulsión o una intimación a abandonar el territorio nacional, por encontrarse alcanzada por alguno de los impedimentos de ingreso y permanencia previstos en el artículo 29 de la Ley 25.871.
La disposición de 2014 había habilitado la emisión de esas autorizaciones en el marco de trámites de control de permanencia en los que se hubiera dispuesto la expulsión o el abandono del país. Con la nueva decisión, ese mecanismo queda eliminado.
Excepciones y derecho a la defensa
El organismo aclaró que la medida contempla excepciones cuando se determinen situaciones de reunificación familiar o razones humanitarias, de acuerdo con las previsiones de la propia Ley de Migraciones.
Asimismo, señaló que los extranjeros alcanzados por una orden de expulsión deberán cumplir con la medida, aunque conservarán el derecho a ejercer su defensa en las instancias administrativa y judicial y a esperar la notificación de la resolución correspondiente.
Los cambios en la Ley de Migraciones
La decisión se enmarca en la modificación del artículo 20 de la Ley 25.871, dispuesta por el Decreto 366/2025.
Ese apartado establece que las personas extranjeras pueden ser admitidas en el país como residentes permanentes, temporarios o transitorios. También dispone que la autoridad migratoria podrá conceder una residencia precaria una vez iniciado el trámite correspondiente y mientras se resuelve la solicitud.
En ese contexto, Migraciones consideró que el permiso transitorio no puede utilizarse para prolongar la permanencia en el país de personas que ya tienen una medida de expulsión dictada.


















