En su resolución de 14 carillas, a la que accedió Télam, el Tribunal Electoral desplegó una extensa argumentación en la que distinguió conceptos como lugar de nacimiento, domicilio y residencia, entre otros puntos.
Finalmente, concluyó que «se colige que el requerimiento constitucional de que los candidatos/as a Jefe/a de Gobierno acrediten una residencia «habitual» y «permanente» en la Ciudad que no resulte inferior a cinco (5) años, se encuentra acreditado y cumplido en el caso concreto».
Y en consecuencia rechazó las impugnaciones presentadas contra la candidatura de Macri por los dirigentes Vanina Natalia Biasi, Eugenio Justiniano Artaza y Juan Pablo Chiesa.
Críticas internas
No fueron los únicos dirigentes que pusieron en duda la habilitación de Macri. El precandidato a jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Martín Lousteau, cuestionó su precandidatura en el marco de la interna de Juntos por el Cambio de cara a las elecciones: “Fue diputado provincial dos mandatos, fue intendente de Vicente López tres mandatos y renunció recién cuando Quirós se bajó de la candidatura en la Ciudad”.
El referente de Evolución Radical destacó, además, el trabajo de su espacio en el territorio porteño: “Nosotros desde hace mucho tiempo que construimos una fuerza que entiende a la Ciudad, que la vive y que la transita, con especialistas en cada uno de los sectores”.
Sin embargo, el exministro de Economía había manifestado que no impugnará la candidatura de su competidor e irá a la pelea interna el próximo 13 de agosto en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).