Un hotelero de Villa Ventana fue condenado a una pena de prisión en suspenso -no irá a la cárcel al menos que incumpla las reglas de conducta-, acusado de abuso sexual en perjuicio de una empleada.
El fallo, dictado por el juez Gabriel Giuliani, titular del Juzgado Correccional N° 1, recayó en Daniel Osvaldo Montani (hotel Agua Pampas), quien recibió la sanción de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional.
El hecho se produjo el 23 de enero de 2020, cuando ambas personas viajaban a bordo de la camioneta de Montani, situación que el hombre aprovechó para tocar a la mujer en la pierna sin su consentimiento al tiempo que hacía referencias de índole sexual y le decía que si quería ser encargada del hotel debía mantener relaciones sexuales con él.
En concordancia con lo solicitado por la fiscalía (intervino la UFIJ N° 4), el juez consideró como agravantes la circunstancia de haber ocurrido el abuso en una zona rural, dentro de la camioneta del imputado, lo que le imposibilitó a la víctima defenderse exponiéndola a mayor vulnerabilidad.
Con secuelas
También marcaron la preeminencia no solo laboral sino el predominio físico del imputado sobre la víctima, la extensión del daño causado que persiste hasta el día de hoy ya que el abuso sexual deja huellas, secuelas que son difícil de olvidar y también la violencia de género en el ámbito laboral, realizados por un superior, y que debe ponderarse la conducta del agresor sexual en perjuicio de una mujer.
Además, en el fallo el juez le impuso a Montani el cumplimiento de reglas de conducta.
Durante 2 años deberá fijar residencia, someterse al cuidado del Patronato de Liberados, no relacionarse con la víctima y, si fuera necesario, someterse a tratamiento psicológico e incluirse en el dispositivo de Nuevas Masculinidades que funciona dentro del marco del Patronato de Liberados a fin de abordar la cuestión de género presentada en la causa y el respeto a la mujer.
(La Nueva)