La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) ha anunciado una serie de actualizaciones clave para garantizar una implementación efectiva de la Ley N.º 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable.
Estas medidas buscan optimizar el etiquetado frontal de alimentos y bebidas analcohólicas envasadas, fortaleciendo el derecho de la población a una información nutricional clara y accesible.
Una de las principales acciones es la creación del “Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales”, que estará integrado dentro del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos. Este sistema, que incluye una calculadora de sellos, será de acceso público, además de estar disponible para las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, se aprobó el nuevo «Manual de Aplicación de la Ley N.º 27.642 y el Decreto N.º 151/22 – Rotulado Nutricional Frontal», desarrollado por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Este manual ofrece directrices específicas para las instituciones con competencias en la implementación de la normativa y brinda orientación a las empresas productoras e importadoras de alimentos envasados sobre su correcta aplicación.
El cambio fundamental radica en el cálculo de nutrientes excesivos, como grasas, azúcares, sodio y calorías: ahora se advertirá únicamente sobre los ingredientes añadidos durante la producción, no los que forman parte natural de los alimentos.
La norma se verá reflejada en los próximos días, cuando las fábricas comiencen a aplicar las nuevas pautas en sus envases. Sin embargo, en el marco de esta actualización, la Anmat autorizó al INAL a otorgar permisos para el agotamiento de los stocks de rótulos remanentes, facilitando la transición hacia los nuevos requisitos establecidos en el manual aprobado.
Regulación de publicidad de alimentos con sellos
La Anmat también dispuso cambios normativos para reforzar la regulación de la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas analcohólicas envasadas que contienen sellos de advertencia.
Toda publicidad dirigida al público de productos para la salud debe someterse a la fiscalización posterior, siendo Anmat la autoridad de aplicación encargada de dictar las normas necesarias para su implementación.
La Ley N.º 27.642, además de promover la alimentación saludable, regula la publicidad de alimentos y bebidas envasadas con sellos de advertencia. En su artículo 10, prohíbe la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes de estos productos, incluyendo aquellos con leyendas precautorias sobre edulcorantes y/o cafeína.
También establece restricciones para otras formas de promoción en medios masivos tradicionales y digitales, como la utilización de colores llamativos, personajes infantiles, bandas sonoras y recursos similares para llamar su atención. (MdZ)