
Un informe del Observatorio MuMaLá (Mujeres de la Matria Latinoamericana) relevó que en el primer trimestre de 2026 hubo 73 femicidios y 263 tentativas, concretándose un crimen por odio de género cada 29 horas.
- 73 feminicidios (un femicidio cada 29 horas).
- 56 femicidios directos.
- 3 vinculados de niños/varones.
- 1 vinculados de niñas/mujeres.
- 2 trans/travesticidios.
- 9 feminicidios en contexto de narcotráfico y crimen organizado.
- 2 suicidios feminicidas.
- 263 intentos de Femicidios.
- 1 muerte violenta asociadas al género (delitos tales como robos, etc ).
- 4 muertes violentas de mujeres están en proceso de investigación (esperando autopsia y peritajes).
- 46 niños, niñas y adolescentes se quedaron sin madres.
De acuerdo a las jurisdicciones en las que se cometieron los graves delitos y agresiones, la provincia de Buenos Aires concentra la mayor cantidad de casos: hubo 32 femicidios, 25 de los cuales fueron directos, dos vinculados de niño/varón, dos trans/travesticidios, y tres por narcotráfico y crimen oprganizado.

En relación al vínculo entre víctima y victimario, el documento revela que el 51% de los femicidios fue cometido por parejas o exparejas de las víctimas; el 16% por familiares (directos e indirectos); el 6% por otros hombres conocidos por la víctima (vecinos, amigos, compañeros de trabajo, etc); el 11% fue cometido por sicarios o bandas mafiosas; el 5% fue perpetrado por desconocidos; de un 11% no hay datos.
Además, el 9,5% de mujeres víctimas de femicidios había denunciado a su agresor. De las que denunciaron, el 50 % tenía orden de restricción de contacto o perimetral.
Respeto al lugar de los crímenes, el 64% de los femicidios fueron cometidos en la vivienda de la víctima o en la vivienda compartida; el 11% de los femicidios fueron en la vía pública; y el 3% de los femicidios fueron en la vivienda del victimario.
Términos y definiciones
Las autoras del documento de la organización MuMaLá aclaran además los alcances de los términos utilizados. «Definimos Feminicidios y Feminicidios Vinculados a partir de los criterios aportados por las autoras pioneras feministas y en base a las recomendaciones internacionales», expresan. Y describen: “La muerte violenta de mujeres cuya causa principal es la existencia de relaciones asimétricas de poder por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”.
En esa línea, indican: «No obstante la legislación Argentina ha utilizado el término feminicidio para referirse a la problemática (Ley Nº 26.485 y Artículo 80, incisos 1°, 4°, 11 y 12 del Código Penal), es por ello que utilizaremos en el presente informe femi(ni)cidio y femicidios/feminicidios».
Fuente: Agencia DIB

















